- Diciembre de 2023 — Se aprueba el reglamento (Real Decreto 1007/2023).
- Octubre de 2024 — Se publican las especificaciones técnicas (Orden HAC/1177/2024).
- Abril de 2025 — El Real Decreto 254/2025 modifica el reglamento.
- 3 de diciembre de 2025 — El Real Decreto-ley 15/2025 aplaza la obligación un año.
- Hasta el 31 de diciembre de 2026 — Periodo de pruebas: uso voluntario.
- 1 de enero de 2027 — Obligatorio para quienes tributan por el Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027 — Obligatorio para autónomos y el resto de obligados.
¿Qué fecha es la mía?
| Eres… | Tu fecha |
|---|---|
| Sociedad limitada, sociedad anónima, cooperativa u otra entidad del Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2027 |
| Autónomo (IRPF por actividades económicas) | 1 de julio de 2027 |
| Comunidad de bienes o sociedad civil que no tributa por Sociedades | 1 de julio de 2027 |
| No residente con establecimiento permanente en España | 1 de julio de 2027 |
¿No sabes si te afecta? Hazlo en un minuto con el comprobador.
Qué hacer antes de tu fecha
- Revisa con qué facturas: programa, app, caja registradora o Excel.
- Pregunta a tu proveedor si ya tiene la versión adaptada y cuánto cuesta.
- Si vas a cambiar de programa, hazlo con tiempo: pasar clientes, productos y series de facturas lleva días.
- Prueba antes: hasta tu fecha puedes usar la modalidad VERI*FACTU de forma voluntaria y volver atrás.
- Si facturas muy poco, valora la aplicación gratuita de la Agencia Tributaria. Te lo contamos en cómo elegir programa.
Preguntas frecuentes
¿Se va a volver a aplazar Verifactu?
Nadie lo sabe. La norma vigente fija el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto. Lo prudente es prepararse para esas fechas.
¿Una SL tiene que adaptarse en enero o en julio?
En enero de 2027, porque tributa por el Impuesto sobre Sociedades.
¿Si empiezo antes, estoy obligado a seguir?
No durante el periodo de pruebas. Pero si a partir de tu fecha obligatoria eliges VERI*FACTU, debes mantenerlo hasta el final de ese año.
Sigue leyendo
Fuentes oficiales: Agencia Tributaria — Sistemas Informáticos de Facturación y VERI*FACTU (preguntas frecuentes actualizadas a 21/07/2026), Real Decreto 1007/2023 modificado por el Real Decreto 254/2025, Orden HAC/1177/2024, artículo 201 bis de la Ley General Tributaria y Real Decreto-ley 15/2025 (aplazamiento). Última revisión: 26 de septiembre de 2026.